¿Cuándo debo reportar estados financieros 2014 a la Superintendencia de Sociedades?
- D.Software Gestión Comercial y Contable NIIFs
- 7 abr 2015
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Con la llegada del cierre de año, es habitual que se vayan fijando fechas para el cumplimiento de las diferentes obligaciones en materia tributaria, mercantil y contable. Mediante Circular Externa 201-000011 del 2014 la Superintendencia de Sociedades ha publicado las de su competencia.
Es importante precisar en primera instancia que las entidades obligadas a reportar sus estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2014 son aquellas sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales que estén sometidas a vigilancia y control por parte de la Superintendencia de Sociedades.
Los estados financieros individuales, certificados y dictaminados, con corte a 31 de diciembre de 2014 deben ser reportados dentro del Informe 01 – Formulario Empresarial en las siguientes fechas:
ÚLTIMOS DOS DÍGITOS DEL NIT
ENVÍO DE INFORMACIÓN
01-05
06/04/2015
06-10
07/04/2015
11-15
08/04/2015
16-20
09/04/2015
21-25
10/04/2015
26-30
13/04/2015
31-35
14/04/2015
36-40
15/04/2015
41-45
16/04/2015
46-50
17/04/2015
51-55
20/04/2015
56-60
21/04/2015
61-65
22/04/2015
66-70
23/04/2015
71-75
24/04/2015
76-80
27/04/2015
81-85
28/04/2015
86-90
29/04/2015
91-95
30/04/2015
96-00
04/05/2015
Es importante recordar que aquellas sociedades que tengan múltiples cierres contables dentro de un mismo año deben solicitar autorización de envío al Grupo de Informes Empresariales para poder diligenciar la información correspondiente a cada ejercicio en forma independiente para su presentación en la fecha establecida. Además, deben presentarse adicionalmente el informe de gestión (no aplica para las sucursales de sociedades extranjeras), el dictamen del revisor fiscal con firma digital y las notas a los estados financieros.
Otro de los informes que deben entregarse es el de Prácticas Empresariales (Informe 42), el cual recae sobre las entidades en vigilancia o control y debe ser diligenciado por los administradores de las entidades obligadas para ser presentado en las siguientes fechas:
ÚLTIMOS DOS DÍGITOS DEL NIT
ENVÍO DE INFORMACIÓN
01-10
11/05/2015
11-20
12/05/2015
21-30
13/05/2015
31-40
14/05/2015
41-50
15/05/2015
51-60
19/05/2015
61-70
20/05/2015
71-80
21/05/2015
81-90
22/05/2015
91-00
25/05/2015
Por su parte, las matrices o controlantes bajo inspección de la Superintendencia de Sociedades que reciban el acto administrativo de carácter particular y concreto para remitir estados financieros individuales y aquellas vigiladas obligadas a remitirlos por mandato legal, deberán reportar a dicha Superintendencia los estados financieros consolidados en el Informe 07, el cual debe ser diligenciado en miles de pesos y entregado a más tardar el 15 de mayo de 2015 adicionando de manera obligatoria los siguientes documentos:
- Certificación de los estados financieros consolidados.
- Informe especial de acuerdo a lo establecido sobre el particular en el artículo 29 de la Ley 222 de 1995.
- Notas a los estados financieros consolidados.
- Dictamen del revisor fiscal.
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